Seguro de asistencia jurídica DAS Familia: no es oro todo lo que reluce

Los seguros de asistencia o defensa jurídica son una buena idea, sí... Y serían algo más si funcionaran bien. Pero mucho me temo que se queden en eso. Comentaré mi experiencia al respecto.

Hace cerca de un año, después de buscar en internet opiniones o comentarios sobre los seguros de asistencia jurídica que hay hoy en el mercado español (y de encontrar, dicho sea de paso, muy poca cosa), contraté el que la aseguradora DAS comercializa con el nombre de Familia (hasta hace muy poco tiempo, DAS Familia Consumidor). La póliza me daba derecho sobre el papel, entre otras cosas, a realizar tres consultas presenciales al año con un abogado, aparte de las consabidas consultas telefónicas. Pero parece que, en estos tiempos de crisis, también las aseguradoras buscan la manera de recortar gastos. Mi experiencia a este respecto quedó reflejada en el email que con fecha 27/9/2013 dirigí a la aseguradora:

Señores:

Soy el titular de la póliza DAS Familia Consumidor nº xxxxxxx. Abajo figuran mis datos personales.
El día 10 de septiembre de este año, mi mujer recibe comunicación del juzgado de que ha sido demandada por un ex compañero de trabajo por "atentado a su honor". Llamamos a DAS el día 11 para preguntar si el siniestro está cubierto por la póliza, y nos dicen que no, puesto que los hechos se remontan a una fecha anterior a la suscripción de la misma. Hasta aquí, ningún problema.
Como no conocemos ningún abogado, solicitamos asesoramiento jurídico presencial (habría sido la primera de las tres asistencias jurídicas presenciales a que tenemos derecho anualmente según la póliza).

Primer problema
Entonces, la empleada que nos atiende por teléfono dice que tiene un problema informático que no puede resolver por ser fiesta en Cataluña, pero que toma nota y que nos llamarán al día siguiente.

Segundo problema
Al día siguiente no nos llaman. Cuando llamamos nosotros a DAS nos atiende una amable señorita a la que nuestra solicitud le resulta totalmente nueva (parece que la que contactamos el 11-S no había "tomado nota", como dijo). Esta segunda señorita nos indica que lo deja todo en marcha, y debemos esperar a que nos contacten telefónicamente para darnos cita.

Tercer problema
Estamos a 27 de septiembre, es decir, han pasado 15 días. Como no hemos recibido ninguna noticia, llamo por teléfono a DAS. Después de diversas peripecias telefónica logro hablar con la srta. xxxxxxx, que me indica que pueden darme una cita para asesoramiento presencial con un abogado previo pago de 50 euros, ya que los hechos motivo de la consulta no están cubiertos por la póliza.
Ya me habría parecido raro que me hubieran indicado esto el día 11, o el 12. Y digo que me habría parecido raro porque en la póliza no se hace ninguna referencia a asesoramiento jurídico "previo pago"; y si el asesoramiento presencial se refiere sólo a siniestros cubiertos, ¿que sentido tiene, cuando en ellos DAS estaría obligada a costear la defensa, no sólo a asesorar? Pero lo que me parece realmente indignante es que esto me lo digan 15 días después, y sólo cuando yo les llamo para preguntar cómo está el tema.

Saludos,

Varios días después recibí una llamada telefónica de la srta. xxxxxxx, a medio camino entre la justificación absurda y la disculpa. Le pedí que respondieran por escrito a mi queja, dando por supuesto que no lo iban a hacer. Han pasado dos meses y, efectivamente, no he recibido la contestación requerida. Si la recibo, cosa que dudo mucho, lo haré constar en esta entrada.

Y, por supuesto, no renovaré la póliza.

4 comentarios:

  1. He visto que la póliza DAS Familia ahora se llama DAS Abogado Personal. Y que vuelven a incluir en ella la asistencia jurídica presencial. Y yo me pregunto: ¿Seguirá siendo esa asistencia como la que me ofrecieron a mí; es decir, previo pago de 50€? ¿Habrán subido la tarifa? ¿Los cambios de nombre de la póliza los hace DAS para que sus posibles clientes no encuentren los comentarios negativos que hay en internet acerca de sus seguros?

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  2. Yo tengo contratado con Das el seguro de impago del alquiler. En enero doy de alta un siniestro porwue el inquilino se ha marchado y. Me ha dejado a deber varias rentas, facturas de luz y agua, muebles rotos, desperfectos, suciedad, etc...todo ello antes debidamente requerido los pagos por burofax por mi abogado. Presentamos facturas de los muebles y de todo. Estamos en agosto y aun no han pagado nada, dan largas y no quieren pagar la mayoria de las facturas alegando de todo. Ya en septiembre los demandaremos judicialmente.

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  3. A mi me pasa lo mismo, después de que mi inquilino me causará unos daños me puse en contacto con das y dieron el consentimiento a través de correo electrónico para designar a mi abogado para demandar al inquilino y después de un año y medio y a la espera de la vista oral, me comunican que no me cubren la asistencia jurídica porque está en el período de carencia y que no le he enviado la documentación hasta hace un mes cuando tengo pruebas mediante correo electrónico de esos envíos. Nada seguiremos luchando por que me cubran y sino lucharemos contra estos estafadores si hace falta

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  4. He contratado con DAS un seguro de impago de rentas, y desperfectos, para un inquilino, en un piso de nuestra propiedad. DESACONSEJO a cualquiera que quiera hacer este tipo de seguros. DAS no paga absolutamente NADA. Incluye en el condicionado ( que habrà que leer con mucho detenimiento ) varias CLAUSULAS y CONDICIONES,que son inasumibles y solo benefician a DAS. El resultado es una abosluta engañifa que NO CUBRE ABSOLUTAMENTE NADA.

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